Donaciones
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Si quieres hacer una donación puedes hacerlo a través de:
Número de cuenta: ES12 0049 4973 5224 1704 2023
¿Qué ventajas fiscales tiene donar a nuestra asociación?
Si realizas una donación, podrás deducirte una parte importante en tu declaración de la renta o en el impuesto de sociedades. A continuación te explicamos cómo funciona.
Personas físicas (IRPF)
Las donaciones realizadas por personas físicas a asociaciones acogidas a la Ley 49/2002 generan las siguientes deducciones en la cuota íntegra del IRPF:
| Situación | Deducción | Ejemplo práctico |
|---|---|---|
| Primeros 250 € donados al año | 80% | Donas 200 € → deduces 160 € |
| Resto de la donación (a partir de 250 €) | 40% | Donas 1.000 € → deduces 500 € |
| Donante recurrente (≥3 años, mismo importe o mayor) | 45% | Mayor deducción por fidelidad |
Límite importante:
La base de la deducción no puede superar el 10% de la base liquidable del ejercicio. Si el importe supera este límite, el exceso podrá aplicarse en los 10 años siguientes.
Empresas y personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)
Las entidades que realicen donaciones a nuestra asociación podrán beneficiarse de las siguientes deducciones en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades:
| Situación | Deducción |
|---|---|
| Donación general | 40% del importe donado |
| Donante recurrente (misma entidad, mismo importe o mayor, 3 años consecutivos) | 50% del importe donado |
| Límite aplicable | 10% de la base imponible |
| Exceso no deducido | Trasladable a los 10 ejercicios siguientes |
Tipos de donaciones con derecho a deducción
Las siguientes modalidades de donación están reconocidas por la Ley 49/2002:
- Donaciones dinerarias (transferencia bancaria, domiciliación o ingreso)
- Bienes inmuebles (pisos, locales u otras propiedades)
- Valores cotizados en mercados secundarios (acciones, fondos de inversión)
- Bienes en especie (obras de arte, equipamiento u otros activos valorables)
- Derechos reales de usufructo sobre bienes
- Prestaciones de servicios (sin derecho a deducción directa, pero sí como gasto deducible en IS)
Cómo aplicar la deducción: paso a paso
Paso 1 — Realiza tu donación
Puedes donar de forma puntual o configurar una aportación periódica. Asegúrate de facilitar tus datos fiscales completos: nombre completo y NIF o CIF. Esto es imprescindible para que la asociación pueda certificar la donación correctamente.
Paso 2 — Recibe el certificado de donación
La asociación te enviará un certificado acreditativo conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley 49/2002. Este documento es el justificante que deberás conservar y presentar ante la Agencia Tributaria si fuera requerido.
Paso 3 — Inclúyelo en tu declaración
En la declaración del IRPF, anota el importe en el apartado:
Deducciones por donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002
Para empresas: consígnalo en la casilla correspondiente a las deducciones del capítulo IV de la Ley del Impuesto de Sociedades.
Paso 4 — Hacienda precumplimenta los datos
La asociación comunica las donaciones recibidas a la Agencia Tributaria a través del modelo 182. Por este motivo, en muchos casos el dato ya aparecerá cargado automáticamente en el borrador de tu declaración.
Aviso importante:
La deducción solo es aplicable si la asociación está acogida a la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos. Nuestra asociación cumple este requisito. Las donaciones no pueden otorgar ventajas económicas al donante ni a personas de su entorno (familiares, socios, etc.), ya que en ese caso perderían el carácter de donación a efectos fiscales.
Nota legal y actualización
Esta información tiene carácter orientativo y está basada en la normativa fiscal vigente, en particular en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 1270/2003).
Los porcentajes de deducción pueden variar si tu comunidad autónoma aplica deducciones adicionales. Te recomendamos consultar con un asesor fiscal para una valoración personalizada de tu caso concreto.
¿Tienes preguntas? Escríbenos a: donaciones@diariodejulias.org